Los DECRETOS EJECUTIVOS emitidos por el (P)residente en (C)onsejo de (M)ministros. Son referidos (popularmente) como «PCM», como una forma de diferenciarlos de aquellos decretos que son emitidos solo por el Presidente (no en Consejo de Ministros) y justamente comienzan con la expresión: «El Presidente en Consejo de Ministros»: CONSIDERANDO:… CONSIDERANDO… CONSIDERANDO… POR TANTO DECRETA: ARTÍCULO 1…. ARTÍCULO 2…
Todo decreto legislativo (cuando es emitido por el Congreso Nacional) o ejecutivo (cuando es emitido por el Presidente) es identificado con un número correlativo, correspondiente al año en que se emite. En el caso de los que son emitidos en Consejo de Ministros, se estila que el respectivo número va precedido de las iniciales PCM, para indicar justamente que es un decreto emitido por el Presidente en Consejo de Ministros. Ejemplo: DECRETO EJECUTIVO PCM 30-2018.
Lo decretos son una de las formas en las que se expresa legalmente la voluntad de la administración pública y están referidos a aspectos o actos que son privativos o exclusivos de las facultades del Presidente de la República o de este en Consejo de Ministros. (Las otras formas mediante las cuales se expresa la administración pública, son: 1. ACUERDOS, 2. RESOLUCIONES y 3. PROVIDENCIAS). Los decretos deben forzosamente ser publicados en la Gaceta, igual pasa con los acuerdos, pero no con todos.